En la quinta y última clase de #encirc13 les presentamos material elaborado por Beatriz Busaniche sobre las tensiones entre la defensa de los derechos de autor ejercida por sociedades de gestión, las prácticas culturales actuales y el derecho de acceso a la cultura. Antes de pasar a los artículos de Beatriz, haremos una breve introducción sobre qué son y cómo funcionan las entidades de gestión colectiva de derechos de autor, para qué existen y qué relación tienen con los autores y con la legislación de derechos de autor. Finalmente, les proponemos una nueva tarea, en esta ocasión optativa (no obligatoria) para que la realicen quienes quieran, o bien opten por ponerse al día con tareas anteriores.
Qué son y cómo funcionan las entidades de gestión colectiva de derechos de autor
Las sociedades de gestión colectiva (SGC) son entidades a las que se asocian los autores para gestionar los derechos de autor. Básicamente, estas entidades se ocupan de recaudar y distribuir el dinero que generan las ejecuciones, reproducciones y otros usos de las obras. Su acción se circunscribe, al menos en teoría, a lo que son derechos patrimoniales de los autores.
Para ponerlo claro: si soy un autor, la SGC correspondiente en mi país irá a los medios de comunicación, salas de conciertos, teatros, salones de fiesta y diversos espacios en los que las obras son utilizadas, a cobrar por el uso de estas obras. Luego la entidad distribuye entre los autores asociados los beneficios obtenidos, por lo que a mí me llegaría un monto proporcional al uso de mis obras. Por su parte, los distintos usuarios de las obras deben pagar una tarifa por las utilizaciones que hagan: por ejemplo, banda sonora de una película, organización de un concierto, grabación de un disco, edición de un libro, representación teatral, musicalización de una fiesta, etc.
Hay entidades que gestionan en general todos los derechos, pero también hay entidades especializadas por sector: música, editorial, artes visuales, intérpretes y ejecutantes, productores audiovisuales, actores, etc. Todas estas entidades tienen convenios a nivel internacional con sus pares de otros países, de manera que en cada territorio gestionan los derechos de autores extranjeros, a quienes luego envían los beneficios generados a través de la SGC a la que dichos autores están asociados. A su vez, reciben lo que otras entidades les envían desde el exterior y lo distribuyen a los autores nacionales a quienes pudiera corresponderles.
Las SGC generalmente están previstas por la legislación de derechos de autor, en donde se definen sus atribuciones, así como los controles a los que deben someterse. Normalmente, son entidades sin fines de lucro que deben ser autorizadas por el Estado. Los autores deben asociarse si desean formar parte de la distribución de la recaudación y de la toma de decisiones de la SGC.
Relación de las SGC con los autores y con la legislación de derechos de autor
El funcionamiento antes descrito se enmarca en las leyes de derecho de autor de los países. Su justificación radica en que a) las leyes le confieren al autor el monopolio exclusivo sobre la reproducción, ejecución, etc. de sus obras, pero b) ejercer ese monopolio en los hechos, de forma individual, sería muy complejo, por lo que es necesario ser «representado» por una asociación que colectivamente se ocupe de eso.
Su relación con los autores varía según el país, pero por lo general, una vez que el autor se asocia, la SGC lo representa en todos los usos de su obra. Por lo tanto, muchas veces son actores ineludibles en su actividad: están presentes en la realización de eventos en vivo, en la firma de ciertos contratos, en las grabaciones y ediciones, incluso en las reproducciones de las obras en Internet. Si por un lado facilitan al autor percibir el dinero generado por sus derechos patrimoniales, su omniprescencia le quita flexibilidad al titular de los derechos para tomar ciertas decisiones, como por ejemplo, realizar conciertos gratuitos de forma autogestionada, autoeditarse o utilizar licencias Creative Commons.
Es importante tener en cuenta que el funcionamiento de estas entidades es, por lo común, muy poco equitativo con los propios autores. Hay una fracción muy minoritaria de autores que reciben muchos beneficios por derechos de autor; una gran cantidad que reciben muy poco, y una enorme mayoría que no recibe prácticamente nada. Esto se ha justificado por las diferencias de popularidad y éxito comercial en el marco del modelo tradicional de las industrias culturales en el que pocos actores concentran la distribución (un puñado de empresas discográficas, cinematográficas, grupos editoriales, radios y televisoras). Un estudio de 2007 de la Bournemouth University señala, para el caso de los escritores, que la distribución de ingresos de derechos de autor por parte de las SGC es altamente inequitativa, alcanzando coeficientes Gini más elevados que los que se registran para otros tipos de ingresos de los artistas. La conclusión del estudio con respecto a este tema es que el modelo de compensación a artistas por regalías de derechos de autor genera altos riesgos para los artistas, con gran inequidad entre los más exitosos y los menos exitosos.
Justamente, son solo los autores más populares y exitosos los que tienen derecho a participar de las decisiones de las SGC. Esto es así dado que en los estatutos de muchas SGC se establece un monto mínimo de ingresos para acceder al derecho a votar y a ser elegido. Así, el funcionamiento actual de este sistema no alienta lo suficiente a artistas emergentes y mantiene las decisiones en un pequeño grupo de autores que se benefician de él y que probablemente hagan poco por cambiarlo.
Finalmente, como veremos en los artículos escritos por Beatriz Busaniche, las SGC se dedican exclusivamente a la defensa de los derechos de autor sin considerar sus responsabilidades en el acceso y participación cultural.
Problemas y tensiones con respecto a las prácticas culturales actuales y al derecho de acceso a la cultura
Beatriz Busaniche, nuestra compañera de Fundación Vía Libre (Argentina), nos ofrece una mirada crítica al sistema de gestión colectiva en general (y al de Argentina en particular). Su tesis principal es que la defensa de los derechos de autor no puede estar separada de la promoción de los derechos culturales de la ciudadanía. Propone repensar el rol de las actuales entidades de gestión para diseñar un nuevo modelo mejor adaptado a la era digital y a las nuevas prácticas de participación cultural y de autogestión.
Particularmente, Beatriz cuestiona que las SGC actúen como monopolio sobre todo el catálogo de obras autorales (tal como sucede en Argentina) y que ejerzan su poder de restricción en todos los entornos en donde circulan dichas obras. Asimismo, es fundamental que estas entidades respeten cabalmente la voluntad de los autores que desean permitir diversos usos de sus obras. Así, deberían incorporar nuevos paradigmas en la gestión de derechos, como el licenciamiento abierto o libre con Creative Commons.
Pasemos entonces, a la lectura de los dos artículos de Beatriz, fundamentales para comprender la incidencia de las SGC en el sistema cultural en su conjunto:
– Problemas y tensiones del sistema de gestión colectiva y el acceso a la cultura
– Repensando la gestión colectiva del derecho de autor
Complementariamente, pueden leer Panorama de las sociedades de gestión colectiva en Uruguay, un artículo del Movimiento Derecho a la Cultura, de Uruguay, en donde se explica cómo funciona el sistema de gestión en nuestro país. Finalmente, para conocer otros casos y situaciones de América Latina, pueden consultar los diversos artículos sobre el tema del proyecto Open Business Latin America & Caribe. Para España, pueden consultar el material de X-net sobre gestión colectiva, así como consultar las guías para la autogestión y la gestión flexible de los derechos de autor en dicho país.
Tarea opcional (no obligatoria)
Para la última clase del curso nos ponemos flexibles y les proponemos un trabajo optativo. La idea es que puedan participar de la clase si lo desean, y en caso contrario, optar por realizar otras tareas que les hayan quedado pendientes de clases anteriores, o bien tomarse un descanso luego de tan largo e intenso curso.
Entonces, hay tres opciones, aunque ninguna es obligatoria:
OPCIÓN 1: Ponerte al día con tareas anteriores
Para obtener el certificado se requiere haber hecho al menos tres tareas, así que si estás en el límite es una buena oportunidad de repechaje. Y si no, es igualmente una oportunidad de participar en algún tema en el que no pudiste hacer tu aporte. Encontrarás en el repositorio el acceso a las distintas clases donde, al final de cada una, están las tareas. Si te hace falta orientación para realizar correctamente el envío, consulta este post de ayuda.
OPCIÓN 2: Cosas que quizás deberías saber y nunca te habías preguntado sobre las SGC en tu país
Te proponemos una pequeña investigación personal. Entra en conocimiento de las SGC de tu país y toma un caso de estudio. Mejor, si tomas como caso aquella entidad que esté más relacionada con tus actividades. Por ejemplo, un músico que vive en Argentina, tomaría por caso a SADAIC.
Respecto a la entidad seleccionada intenta responder algunas de estas preguntas: ¿podría/debería estar asociado?; ¿podría auto-representarme como autor de forma individual sin estar asociado?; ¿debería estar percibiendo beneficios por derechos de autor por parte de estas entidades?; ¿cómo es el reparto de esos beneficios entre los autores?; ¿qué pasa si no me afilio?; ¿tengo que pagar algo a las SGC por alguna de las actividades culturales que emprendo?; ¿puedo votar o participar en estas sociedades?; ¿son compatibles con opciones de licenciamiento abierto como Creative Commons?
No son obligatorias todas las preguntas, y se podrían agregar algunas más; son sugerencias que te pueden resultar útiles para tomar decisiones y que además, al compartirlas en el curso, incentivarán un interesante debate.
OPCIÓN 3: Escribe un post con tus conclusiones personales sobre el curso
Escribe sobre las cosas que más te interesaron, que quizás antes no sabías, cómo ha cambiado tu visión acerca de la autoría y qué cosas podríamos seguir explorando en futuras ediciones.
Para participar en las opciones 2 o 3, escribe en tu espacio personal de publicación y utiliza el siguiente formulario para enviar el link a tu tarea:
Deja una respuesta