En estos días estuvimos participando junto a la comunidad de wikipedistas uruguayos de una interesante discusión: ¿a quién pertenecen los derechos de una serie de fotos accidentalmente tomadas por un mono? Parece un poco ridícula la pregunta, pero veamos qué conclusiones se pueden sacar respecto a lo que realmente cubre el derecho de autor y en qué situaciones algo pertenece al dominio público. Estas son importantes cuestiones para las instituciones y proyectos culturales que, como Wikipedia y Wikimedia Commons, ponen a disposición recursos libres para el acceso y uso público.
La selfie del mono
Se trata del caso del fotógrafo David Slater quien se encontraba en una reserva de Indonesia fotografiando monos de la especie macaca nigra. Uno de ellos robó su cámara y sacó cientos de fotos, incluyendo unas inéditas y graciosísimas selfies. Algunas de estas fotos se transformaron en un auténtico meme hace un par de años. Pero además, entraron a formar parte de Commons, la colección multimedia que alimenta a la Wikipedia de imágenes, audio y video. Como es un repositorio colaborativo, un usuario subió las fotos del mono, las cuales fueron incorporadas en artículos de Wikipedia en varios idiomas.
Slater reclama a Wikipedia que las fotos sean dadas de baja argumentando que él es el propietario del copyright. A lo que la Fundación Wikimedia responde que la foto está en dominio público ¿Cuáles serían los argumentos de cada parte?
Desde el punto de vista del fotógrafo se podría argumentar que la cámara era de él, que únicamente él se encontraba en el momento y lugar adecuados con una cámara para que el mono se tomara una selfie, que la cámara estaba cuidadosamente preparada por él, circunstancia que favoreció que el mono pudiera tomar algunas buenas fotos, y que el primero en descubrir el prodigio y darlo a conocer fue él.
Por su parte, Commons almacena recursos libres o de dominio público, y así fue considerada esta foto. Algunos medios, con el afán de darle más color a la noticia, publicaron erróneamente que Wikimedia sostiene que el copyright es del mono. Lo que en realidad se argumenta desde la comunidad de Wikimedia es que las fotos no tienen autor: fueron tomadas por accidente, sin que fueran el resultado de la intención creativa de nadie. El fotógrafo no realizó una obra, simplemente tenía unas fotos en su cámara. ¿A quién pertenecen las fotos sin autor? Pertenecen al dominio público.
Sin autor no hay derecho de autor
Si bien se le ha de reconocer al fotógrafo que compró una muy buena cámara, que se pagó un costoso pasaje a la selva para sacar fotos, que luego de recuperar la cámara eligió las fotos más interesantes que sacó el mono y las publicó, consciente del resultado increíble de aquel afortunado accidente, todos estos méritos no lo hacen autor. Sin autor, no hay derecho de autor.
El derecho de autor le da un monopolio exclusivo al autor sobre una obra. Una obra es una expresión concreta, personal y con cierto grado de originalidad, del trabajo intelectual. Hay muchas cosas que quedan afuera del derecho de autor por no ser consideradas ni obras, ni originales. Particularmente, los hechos, las ideas, los conceptos matemáticos, los datos, son algunas de las cosas que no cubre el derecho de autor.
Asimismo, todas las obras, pasado cierto plazo, entran en dominio público. A partir de ese momento, los titulares de los derechos dejan de tener un monopolio exclusivo y cualquiera puede usar la obra.
Además, existen excepciones al derecho de autor. En todos los países están contemplados casos en los que el fin social justifica hacer excepciones al monopolio sobre las obras. Este suele ser el caso de las noticias, de los documentos gubernamentales y de los materiales educativos, entre otros. El efecto de las excepciones es que no es necesario pagar o pedir autorización para hacer uso de las obras. El reconocimiento de la autoría se mantiene pero los usos son libres.
¿Por qué es importante para una institución que difunde el patrimonio cultural conocer sobre derecho de autor?
Es importante para conocer sus derechos. Normalmente, se habla del derecho de autor únicamente en relación a los autores, perdiendo de vista a los usuarios de la cultura y las instituciones que promueven el acceso a la cultura, como los museos, bibliotecas, centros culturales y entidades educativas.
Muchas de estas instituciones están presentes también en Internet, dando acceso a variadas colecciones de recursos digitales. También existen comunidades, como la de Wikipedia, que cumplen esta misión. Es importante que su trabajo no se vea obstaculizado por interpretaciones maximalistas y excesivamente celosas del derecho de autor. Debemos ayudar a despejar las incertidumbres y los cercos que limitan su trabajo, por el bien de todos.
También es importante conocer cuál es la mejor manera de poner a disposición colecciones digitales respetando los derechos culturales de los usuarios y ayudando a defender el dominio público, que es la herencia cultural común de toda la humanidad.
El dominio público debe ser defendido para que los grandes proyectos culturales de Internet tengan futuro. Repositorios mundiales como Wikimedia Commons pueden estar en peligro si prosperan reclamos como el de Slater o el de la National Portrait Gallery de Londres, que pretendía reintroducir en el dominio privado las reproducciones digitales de obras en dominio público.
Para aprender más sobre derecho de autor y cultura libre
– Los invitamos a inscribirse en nuestro próximo curso online gratuito y abierto “Arte y cultura en circulación: Políticas públicas y gestión de lo común”, que comienza el 21 de agosto de 2014.
– Les sugerimos recurrir al curso online “ABC del derecho de autor para bibliotecarios de América Latina” que está permanentemente accesible en la P2P University.
– Pueden repasar cursos anteriores, como las dos ediciones previas de “Arte y cultura en circulación”. La primera sobre derecho de autor y licencias libres, y la segunda sobre crear y compartir en tiempos digitales.
– También pueden descargar y compartir el ebook gratuito “Arte y cultura en circulación: introducción al derecho de autor y las licencias libres”.
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